
Los Ángeles 2028 abre el proceso de registro para acreditaciones de prensa de los Juegos Olímpicos
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El camino hacia los Juegos Olímpicos Los Ángeles 2028 también comienza para los medios de comunicación. El proceso de registro para las organizaciones periodísticas interesadas en solicitar acreditaciones de prensa estará abierto del 31 de agosto al 23 de octubre de 2026, mediante el nuevo Portal de Registro para la Acreditación de la Prensa implementado como parte del sistema del Comité Olímpico Internacional (COI). Periodistas, fotógrafos y determinados medios de radio y televisión deberán completar esta primera etapa para poder participar posteriormente en los procesos nacionales de evaluación y asignación de cupos.
Honduras.— Aunque todavía faltan casi dos años para el inicio de los Juegos Olímpicos Los Ángeles 2028 (LA28), la planificación para uno de los eventos deportivos más importantes del mundo ya avanza también fuera de los escenarios de competencia. Uno de esos procesos corresponde a los medios de comunicación que aspiran a realizar cobertura periodística de la cita olímpica, programada del 14 al 30 de julio de 2028.
El período inicial de registro permanecerá abierto hasta el 23 de octubre de 2026. Durante esta ventana, las organizaciones periodísticas interesadas deberán manifestar formalmente su interés mediante el portal habilitado para el proceso.
Esta etapa cobra especial importancia debido al nuevo sistema establecido por el Comité Olímpico Internacional, mediante el cual las organizaciones de prensa deben registrar previamente su interés para posteriormente participar en el proceso correspondiente de evaluación y distribución de las acreditaciones disponibles para cada país.
Para los medios hondureños interesados en realizar una futura cobertura de LA28, conocer desde ahora las categorías, requisitos y restricciones resulta fundamental. La manifestación de interés constituye un requisito indispensable dentro del procedimiento, pero no representa por sí misma una acreditación ni garantiza la asignación de una plaza.
Un proceso que comienza mucho antes de Los Ángeles 2028
La cobertura de unos Juegos Olímpicos requiere una planificación anticipada tanto para la organización como para los medios que aspiran a estar presentes. Por esa razón, el procedimiento de acreditación comienza con suficiente tiempo antes de que las delegaciones lleguen a Los Ángeles.
El primer paso consiste en registrar la manifestación de interés mediante el Press Registration Portal de LA28. El período establecido para esta fase concluye el próximo 23 de octubre, por lo que las organizaciones periodísticas que consideren cubrir los Juegos deberán completar el procedimiento dentro de las fechas establecidas.
Portal de Registro para Acreditaciones de Prensa LA28
Es importante diferenciar este registro inicial de la acreditación definitiva. Completar el formulario permite ingresar al proceso de consideración, pero posteriormente las solicitudes estarán sujetas a evaluación, a los cupos disponibles y a las directrices de elegibilidad establecidas para los Juegos Olímpicos.
La asignación final dependerá además de los procedimientos establecidos por el COI. Por ello, los medios interesados deben proporcionar información completa y veraz sobre su actividad profesional, alcance y características editoriales.
¿Qué profesionales pueden solicitar una acreditación?
El sistema contempla diferentes categorías según la función que desempeñará cada profesional durante los Juegos Olímpicos. Una de las principales es la Categoría E – Periodista, destinada a periodistas, redactores y editores de fotografía que desarrollen actividad profesional para medios reconocidos.
Dentro de esta categoría pueden encontrarse profesionales contratados por agencias de noticias nacionales o internacionales, diarios de información general, periódicos deportivos, revistas y publicaciones deportivas, sitios web periodísticos profesionales y medios informativos digitales.
También existe la posibilidad de consideración para periodistas independientes o freelancers, siempre que puedan demostrar que cuentan con un contrato o encargo profesional vigente y que su actividad está relacionada con medios reconocidos.
La existencia de esta categoría permite integrar diferentes modelos de ejercicio periodístico, pero mantiene como elemento central el carácter profesional de la cobertura y la posibilidad de demostrar una actividad periodística real.
Categoría Es para periodistas especializados
El proceso contempla igualmente la Categoría Es – Periodista especializado, destinada a profesionales cuyo trabajo se concentra específicamente en una disciplina incluida dentro del programa de los Juegos Olímpicos.
Estos solicitantes deberán cumplir los mismos requisitos profesionales establecidos para la Categoría E, además de demostrar la naturaleza especializada de su actividad.
La categoría adquiere relevancia para medios y periodistas cuya cobertura se desarrolla alrededor de deportes específicos y que, por la naturaleza de su trabajo, requieren acceso para realizar un seguimiento especializado durante la competencia.
La especialización, sin embargo, no sustituye los requisitos generales. El profesional deberá demostrar que su actividad responde a criterios periodísticos y que forma parte de una cobertura real y verificable.
Fotógrafos profesionales tendrán categorías EP
La cobertura gráfica cuenta con categorías propias dentro del sistema. La Categoría EP – Fotógrafo está dirigida a fotógrafos profesionales que realizan actividad periodística para medios de comunicación reconocidos o que trabajan de manera independiente y pueden demostrar antecedentes en cobertura deportiva.
Para los fotógrafos independientes será importante contar con documentación que respalde su actividad. Podrán ser requeridos a presentar evidencia de colaboraciones regulares con medios reconocidos, cartas de encargo u otros documentos que permitan comprobar que existe una asignación profesional.
Esto significa que poseer equipo fotográfico o producir contenido deportivo de manera ocasional no constituye por sí solo un criterio suficiente. El proceso está orientado específicamente hacia profesionales que puedan demostrar una actividad periodística comprobable.
Radio y televisión sin derechos audiovisuales tendrán un proceso particular
Otra de las categorías contempladas es la ENR – Radio y Televisión no Titular de Derechos Audiovisuales, destinada exclusivamente a radios y canales de televisión que no poseen los derechos audiovisuales de los Juegos Olímpicos.
Esta categoría presenta condiciones particulares debido precisamente a la existencia de derechos de transmisión. En estos casos, la aprobación final corresponde al Comité Olímpico Internacional, después de los procesos de evaluación y recomendación correspondientes.
Los medios audiovisuales interesados deberán prestar especial atención a esta diferencia, ya que una acreditación ENR no equivale a poseer derechos para transmitir las competencias olímpicas.
La regulación de estas acreditaciones busca establecer claramente las funciones que pueden desarrollar los medios que realizan cobertura informativa sin ser titulares de los derechos audiovisuales oficiales del evento.
¿Qué requisitos deberán demostrar los medios?
Las directrices establecen varios elementos que serán considerados para determinar la elegibilidad de una organización periodística. Entre ellos se encuentra demostrar una cobertura real y sostenida del deporte y/o del Movimiento Olímpico, evitando que el proceso sea utilizado por organizaciones sin actividad periodística relacionada.
También deberá existir actividad profesional regular, así como información verificable sobre el alcance editorial y la audiencia del medio solicitante. Estos elementos permiten evaluar la naturaleza y continuidad de la organización que pretende participar en la cobertura.
Otro requisito corresponde a la producción propia de contenidos informativos. El criterio busca identificar medios que desarrollen una labor periodística efectiva y no plataformas dedicadas exclusivamente a reproducir materiales generados por terceros.
Se realizará a la vez, un Examen Básico de Deporte Olímpico, donde se deberá demostrar el conocimiento básico para poder realizar la cobertura de todas las disciplinas que participen en los olímpicos.
Los medios digitales también deberán demostrar actividad profesional
La evolución del ecosistema informativo hace que los medios digitales tengan una presencia cada vez mayor dentro de las coberturas deportivas internacionales. Sin embargo, las directrices establecen requisitos específicos para distinguir entre medios periodísticos profesionales y otras plataformas digitales.
Los sitios solicitantes deberán funcionar como portales periodísticos profesionales, contar con administración regular y estar dedicados a información general o deportiva. También se valorará especialmente que dispongan de una sección específica destinada al deporte o al Movimiento Olímpico.
Este criterio significa que la existencia de una página web o una audiencia digital, por sí sola, no garantiza elegibilidad. El elemento central será demostrar que existe una operación periodística profesional, regular y verificable.
Los profesionales independientes vinculados a medios digitales deberán igualmente encontrarse en condiciones de acreditar colaboraciones, encargos o relaciones profesionales que respalden la cobertura que pretenden realizar.
Influencers, agencias comerciales y otras actividades quedan fuera de las categorías de prensa
Las directrices también establecen expresamente una serie de solicitudes que no serán consideradas elegibles como acreditaciones de prensa. La diferenciación resulta especialmente relevante ante la diversidad actual de perfiles que producen contenido alrededor del deporte.
Entre las organizaciones excluidas se encuentran agencias de publicidad, marketing, promoción o relaciones públicas; empresas comerciales y patrocinadores; representantes o agentes de atletas; ministerios, organismos gubernamentales y dependencias del Estado, así como personal dedicado exclusivamente a actividades promocionales o comerciales.
En el caso de la categoría ENR, las directrices excluyen a influencers, creadores de contenido, youtubers y productores audiovisuales independientes, así como a productoras audiovisuales y realizadores de documentales que pretendan utilizar esta categoría para ingresar al proceso.
La distinción establece una separación clara entre producir contenido alrededor de los Juegos Olímpicos y desarrollar una actividad periodística profesional bajo las categorías reconocidas por el sistema de acreditación.
Registrarse no significa estar acreditado para Los Ángeles 2028
Uno de los aspectos que los medios interesados deben tener especialmente presente es que presentar una manifestación de interés no constituye una acreditación y tampoco garantiza que se otorgará una plaza.
El registro representa únicamente una etapa inicial. Posteriormente deberán desarrollarse los procesos de evaluación y distribución de los cupos disponibles, siguiendo los criterios establecidos por el Comité Olímpico Internacional.
La cantidad de solicitudes puede superar las acreditaciones disponibles para cada territorio, por lo que cumplir con los requisitos básicos tampoco debe interpretarse automáticamente como una confirmación de asistencia.
Esta diferencia hace recomendable que cada organización presente información precisa sobre su trabajo, alcance y cobertura deportiva, de manera que su solicitud pueda ser evaluada correctamente cuando corresponda.
De igual forma, si existe una aprobación de la acreditación no implica que los gastos serán cubiertos por el Comité Olímpico Hondureño.
Los medios hondureños deben tomar en cuenta el plazo del 23 de octubre
Para los medios de comunicación de Honduras interesados en acompañar al deporte nacional durante Los Ángeles 2028, la fecha que debe quedar marcada desde ahora es el 23 de octubre de 2026, cuando finalizará el período habilitado para registrar la manifestación de interés.
Realizar el procedimiento con anticipación permitirá revisar cuidadosamente la información presentada y evitar inconvenientes derivados de esperar hasta los últimos días del plazo.
Desde el Comité Olímpico Hondureño se considera importante que los medios nacionales conozcan oportunamente estos procesos, especialmente aquellos que mantienen una cobertura constante del deporte hondureño y del Movimiento Olímpico y contemplan realizar cobertura periodística durante LA28.
La cobertura mediática también forma parte del recorrido olímpico. Mientras los atletas comienzan sus propios procesos de preparación y clasificación, periodistas, fotógrafos y organizaciones informativas deben atender desde ahora los procedimientos establecidos para tener la posibilidad de contar las historias de Honduras desde el escenario de los próximos Juegos.
Les recordamos que el Comité Olímpico Hondureño, no se hará responsable de financiamiento de ningún tipo, en caso de que su acreditación sea aprobada.
Los Ángeles 2028 se celebrará del 14 al 30 de julio de 2028, pero para los medios interesados en estar presentes, el camino comienza desde 2026. El primer paso será completar la manifestación de interés antes del 23 de octubre.














